¿Qué es la visa E-2?
La visa E-2 es una de las pocas maneras de establecer un negocio propio en Estados Unidos con una inversión de capital relativamente pequeña y sin tener que esperar años para obtener la residencia permanente. Legalmente, se trata de una visa de no inmigrante para los llamados inversionistas por tratado: ciudadanos de un país con el que Estados Unidos tiene un acuerdo bilateral de comercio e inversión, que tienen la intención de invertir una suma considerable en una empresa estadounidense activa y administrarla ellos mismos.
A diferencia de las visas de trabajo como la H-1B, la visa E-2 no tiene cupo anual ni está sujeta a sorteo. A diferencia de la visa de inversionista EB-5, no requiere una inversión de seis o siete cifras. Sin embargo, legalmente, la E-2 sigue siendo una visa temporal: autoriza la residencia mientras la empresa esté en funcionamiento, pero no otorga automáticamente la residencia permanente.
Base jurídica: acuerdos bilaterales en lugar de decisiones caso por caso.
La visa E-2 solo existe entre Estados Unidos y los países con los que tiene un Tratado de Amistad, Comercio y Navegación o un acuerdo bilateral de inversión similar. Alemania es signataria de este tratado desde el 14 de julio de 1956, Austria desde el 27 de mayo de 1931 y Suiza desde el 8 de noviembre de 1855. Para los ciudadanos de estos tres países, el requisito contractual básico se cumple automáticamente, lo que convierte a la visa E-2 en una de las visas de negocios estadounidenses más accesibles en los países de habla alemana.
Por lo general, quienes no posean la nacionalidad de un Estado contratante no pueden optar a la visa E-2, independientemente de su lugar de residencia o permiso de residencia. La lista completa de Estados contratantes se encuentra más adelante en esta guía.
Los cuatro requisitos básicos
Para que una solicitud tenga alguna posibilidad de éxito, deben cumplirse simultáneamente cuatro condiciones:
- Nacionalidad de un Estado contratante. El solicitante debe ser nacional de un Estado contratante del programa E-2. No basta con tener residencia o un simple permiso de residencia en dicho país.
- Poseer al menos el 50 % de una empresa estadounidense con la misma nacionalidad. La empresa estadounidense debe ser propiedad, al menos en un 50 %, de personas con nacionalidad del Estado contratante, o bien el solicitante debe tener un control operativo comparable, como ser accionista mayoritario o coaccionista con capacidad de gestión.
- Una inversión sustancial que implica un riesgo real. El capital que simplemente se ha comprometido pero aún no se ha transferido ni invertido no se tiene en cuenta. En cambio, se analiza la relación de proporcionalidad entre la suma invertida y los costos reales del modelo de negocio correspondiente.
- No se trata de un negocio marginal. La empresa debe generar, ya sea actualmente o de forma demostrable en los próximos cinco años, más que los gastos mínimos de subsistencia de la familia inversora, idealmente también mediante la creación de empleo para la economía local.
Además, existen otros dos requisitos igualmente importantes en la práctica: el inversor debe declarar su intención de abandonar Estados Unidos una vez que expire su estatus E-2 (8 CFR § 214.2(e)) —si bien en la práctica se tolera cierto grado de "doble intención"— y debe gestionar y desarrollar activamente la empresa por sí mismo, en lugar de limitarse a mantener el capital de forma pasiva. La mera propiedad de acciones o terrenos sin desarrollar no cumple con este requisito.
¿Cuánto capital se necesita realmente?
A diferencia de la visa de inversionista EB-5, la visa E-2 no tiene un requisito de inversión mínima legalmente definido. En cambio, el USCIS y los funcionarios consulares aplican una prueba de proporcionalidad: cuanto menos costoso sea el proyecto en general, mayor debe ser la proporción del capital invertido con respecto a los costos totales. Una empresa de consultoría o en línea que requiere un total de $50,000 para su puesta en marcha podría considerarse "sustancialmente invertida" con esa cantidad. Una planta de fabricación con costos totales de varios millones de dólares no se consideraría "sustancialmente invertida" con la misma cantidad.
En la práctica, entre los abogados de inmigración se han establecido pautas generales para cada sector (a fecha de 2026):
- Consultoría, servicios, comercio electrónico: US$50.000–150.000
- Restaurante, salón de belleza, comercio minorista: US$100.000–300.000
- Operación de franquicia: US$150.000–500.000
- Producción, grandes puntos de venta: entre 250.000 y 750.000 dólares estadounidenses.
Fuente: Claxton Law Group; National Law Review.
Es posible realizar inversiones inferiores a 100.000 dólares, pero según los expertos, están sujetas a un escrutinio más estricto, ya que la carga de la prueba de la "sustancialidad" es mayor para cantidades absolutas más bajas.
¿Qué se considera una inversión y qué no?
Las inversiones reconocidas incluyen depósitos en efectivo, depósitos de alquiler de locales comerciales, equipos adquiridos previamente, inventario y bienes importados para las operaciones comerciales. Esto incluye explícitamente la maquinaria y las herramientas aportadas por la empresa, siempre que se asignen a la misma como una contribución en especie y se valoren en consecuencia. Por lo tanto, quien aporte equipo profesional valioso y usado puede incluirlo directamente como parte de su capital en riesgo, lo que le permitirá reducir la necesidad de capital propio para alcanzar el monto de inversión requerido.
Sin embargo, no se reconocen el capital que aún no se ha transferido, los compromisos de financiación no vinculantes ni los préstamos que están garantizados por la propia empresa estadounidense como garantía y que, por lo tanto, no representan una responsabilidad personal del inversor.
Importación libre de aranceles de herramientas y maquinaria.
Las empresas que trasladan sus operaciones y equipos a Estados Unidos pueden importar herramientas, instrumentos y maquinaria profesionales libres de aranceles bajo ciertas condiciones. Esta opción se rige por la legislación aduanera general de EE. UU. (Archivo Armonizado, Capítulo 98) y está vinculada al uso profesional en el extranjero, no a un tipo de visado específico.
- El requisito previo es que las herramientas y máquinas ya se hayan utilizado en el extranjero para llevar a cabo la misma actividad profesional y estén destinadas a la continuación de dicha actividad en los EE. UU.
- Es posible que la aduana exija una prueba de actividad profesional, como un certificado profesional o una confirmación de uso previo.
- Las importaciones se declaran mediante el formulario 3299 ("Declaración para la entrada libre de artículos no acompañados"), que requiere una lista detallada con la descripción y el valor de los artículos.
- Según informes de empresas de mudanzas, los envíos no acompañados están sujetos a un "período razonable" en torno a su entrada; no se especifica un período uniforme y legalmente fijo en la normativa aduanera pertinente.
Esta exención aduanera se aplica independientemente del tipo de visado específico; en general, está disponible para cualquier persona que se traslade a los EE. UU. por motivos profesionales y, por lo tanto, no es un privilegio específico del visado E-2, pero puede beneficiar directamente el cálculo de la inversión de la solicitud del visado E-2, como se describió anteriormente.
Familia: Cónyuge e hijos en el E-2
El solicitante principal solo podrá trabajar para la empresa que figure en la solicitud durante su estancia con visado E-2; no se permite ningún trabajo secundario ni trabajo por cuenta propia fuera de este marco.
Desde que el USCIS modificó su política el 12 de noviembre de 2021, se aplica una norma mucho más flexible a los cónyuges: los cónyuges con visa E-2 están autorizados automáticamente a trabajar, independientemente de su género ("empleo autorizado incidental al estatus"). Ya no se requiere un Documento de Autorización de Empleo (EAD) por separado; un formulario I-94 con una marca especial es prueba suficiente. El cónyuge puede trabajar para cualquier empleador en los EE. UU. o trabajar por cuenta propia, sin estar restringido al negocio del solicitante principal.
Los menores de edad reciben un estatus de dependiente E-2, que les permite asistir a la escuela en los EE. UU., pero no un permiso de trabajo propio; esta restricción se aplica a todos los menores dependientes, independientemente del tipo de visa de sus padres.
Duración, entrada y prórroga
La visa E-2 suele tener una validez de hasta cinco años, según el acuerdo de reciprocidad con el país de origen. Sin embargo, esto no implica automáticamente una estancia continua de cinco años: cada entrada individual otorga inicialmente una estancia máxima de dos años, documentada en el formulario I-94.
El estatus E-2 puede prorrogarse indefinidamente por períodos de dos años, siempre que la empresa subyacente siga operando activamente y se cumplan los requisitos originales. No existe un límite legal para el número de prórrogas; teóricamente, es posible una estancia permanente de varias décadas, pero siempre estará legalmente vinculada a un estatus de no inmigrante.
La prueba de "no marginalidad" y el papel del período de cinco años
Un componente clave, a menudo malinterpretado, de la ley E-2 es la llamada prueba de "no marginalidad" (9 FAM 402.9-6(E); 22 CFR § 41.51(b)(10)). Requiere que la empresa E-2 ya genere un ingreso superior al umbral de pobreza federal para el tamaño de la familia inversionista, o que un plan de negocios creíble demuestre que este nivel se alcanzará dentro de los cinco años posteriores al inicio de las operaciones .
Importante: Esta prueba es proactiva y se revisa en función del plan de negocios y el desempeño real de la empresa durante la solicitud inicial y cada renovación posterior, no solo después de cinco años como una evaluación puntual. El USCIS o el funcionario consular son responsables de esta revisión, no las autoridades fiscales; los documentos fiscales presentados sirven únicamente como una prueba del desempeño real de la empresa. Si la revisión es favorable, el estatus E-2 se extiende por dos años más, sin que se convierta a otro estatus migratorio.
El camino hacia un permiso de residencia permanente
La visa E-2 no conduce automáticamente a la residencia permanente en ningún momento, independientemente del éxito del negocio o de la duración de la prórroga. Legalmente, sigue siendo una visa de no inmigrante, sin un camino directo hacia la residencia permanente.
Quienes buscan la residencia permanente a través de la vía E-2 deben presentar una solicitud de inmigración por separado. Las opciones más comunes para inversionistas E-2, tanto actuales como anteriores, son:
- La visa de inversionista EB-5 conduce directamente a la tarjeta de residencia permanente (Green Card), pero requiere una inversión significativamente mayor de US$800,000 en un "Área de Empleo Prioritaria" o US$1,050,000 fuera de ella, junto con la creación de al menos diez puestos de trabajo a tiempo completo.
- EB-1C para ejecutivos de una empresa multinacional, o exención por interés nacional EB-2, siempre que la actividad empresarial E-2 se ajuste a la escala correspondiente y cumpla con los criterios respectivos.
- Tarjeta de residencia permanente basada en lazos familiares, por ejemplo, en el caso de matrimonio con un ciudadano estadounidense o con una persona que ya posee la residencia permanente.
Estas vías de acceso están abiertas independientemente del estatus E-2, pero cada una requiere sus propios requisitos previos, significativamente más exigentes que el propio estatus E-2.
La normativa contractual establece: ¿Quiénes son elegibles para la visa E-2?
Estados Unidos mantiene acuerdos comerciales y de inversión con aproximadamente 80 países cuyos ciudadanos son elegibles para el acuerdo E-2. Entre los estados signatarios más importantes, con sus respectivas fechas de entrada (verificadas con la lista oficial del Departamento de Estado de EE. UU. a mayo de 2026), se encuentran:
- Alemania – El E-2 está en vigor desde el 14 de julio de 1956.
- Austria – El E-2 está en vigor desde el 27 de mayo de 1931.
- Suiza – Código E-2 en vigor desde el 8 de noviembre de 1855
- Otros estados contratantes importantes incluyen: Canadá y México (desde el 1 de enero de 1994), Francia (21 de diciembre de 1960), Italia (26 de julio de 1949), los Países Bajos (5 de diciembre de 1957), España (14 de abril de 1903), el Reino Unido (3 de julio de 1815), Japón (30 de octubre de 1953), Corea del Sur (7 de noviembre de 1957), Australia (27 de diciembre de 1991), Nueva Zelanda (10 de junio de 2019), Bélgica (3 de octubre de 1963), Dinamarca (10 de diciembre de 2008), Suecia (20 de febrero de 1992), Finlandia (1 de diciembre de 1992), Noruega (18 de enero de 1928), Polonia (6 de agosto de 1994), la República Checa y Eslovaquia (1 de enero de 1993), Portugal (15 de marzo de 2024) y muchos otros estados en Europa, Asia, África y América Latina.
En el apéndice encontrará una lista completa de los países que pueden optar al visado E-2.
Fuente: travel.state.gov, Países con Tratado; 9 FAM 402.9-10; compilación verificada a través de uslegalvisa.com y Claxton Law, a mayo de 2026. La lista cambia ocasionalmente; consulte siempre la versión actual en travel.state.gov antes de presentar su solicitud.
Excepciones importantes y casos especiales
No todos los países europeos o económicamente importantes son parte del tratado. Hungría, Chipre, Malta , Islandia y Liechtenstein , entre otros, no tienen un acuerdo E-2; por lo tanto, quienes posean solo una de estas nacionalidades no pueden acogerse al E-2, ni siquiera con un pasaporte de la UE. Grecia es un caso especial: tiene un acuerdo comercial E-1 (desde 1954) pero no un acuerdo de inversión E-2; por consiguiente, los ciudadanos griegos pueden entrar como comerciantes (E-1), pero no como inversores (E-2). A nivel mundial, algunas de las mayores economías también están completamente ausentes de la lista: India, Brasil, China continental (solo Taiwán es parte), Rusia, Emiratos Árabes Unidos, Arabia Saudita y Sudáfrica.
Quienes no poseen la nacionalidad de un estado contratante tienen esencialmente tres alternativas: adquirir una segunda nacionalidad que les permita optar a la visa E-2, tomar la vía directa a través de la visa de inversionista EB-5, que requiere una inversión de capital significativamente mayor, o cambiar a otras categorías de visa como la L-1 (cesión intragrupal), la O-1 (habilidades extraordinarias) o la H-1B (profesiones especializadas).
El proceso práctico para presentar una solicitud E-2
Una solicitud de visa E-2 generalmente sigue estos pasos:
- Idea de negocio y selección de ubicación. En primer lugar, se desarrolla un modelo de negocio viable y rentable, a menudo en sectores con requisitos de capital manejables como la consultoría, el comercio, la gastronomía o la artesanía.
- Constitución de la empresa en EE. UU. La empresa está registrada en un estado de EE. UU. como corporación o sociedad, y su estructura de propiedad cumple con el requisito del 50 % de ciudadanía estatal.
- Transferencia de capital y documentación. El capital de inversión se transfiere o se convierte en activos tangibles (contrato de arrendamiento, equipo, compra de bienes) y se documenta exhaustivamente; esta es la prueba clave para el requisito de "riesgo".
- Elaboración de un plan de negocios sólido que demuestre, en particular, la no marginalidad del negocio, basándose en previsiones realistas de ventas y beneficios durante un período de hasta cinco años.
- Proceso de solicitud. Dependiendo de si el solicitante ya reside legalmente en los EE. UU. o si presenta la solicitud desde el extranjero, esta se realiza como un cambio de estatus en el USCIS (Formulario I-129) o como una solicitud de visa en la embajada o consulado estadounidense correspondiente en el país de origen del solicitante (Formulario DS-160 más DS-156E).
- Entrevista y decisión. Las solicitudes presentadas desde el extranjero suelen ir seguidas de una entrevista personal en el consulado, durante la cual se examinan tanto la actividad empresarial como la intención del solicitante de no inmigrar.
- Entrada y operaciones en curso. Una vez otorgada la visa, se permite la entrada con una estadía inicial de hasta dos años, documentada en el formulario I-94, con la posibilidad de extensiones ilimitadas.
Conclusión
La visa E-2 es uno de los instrumentos más accesibles para que los ciudadanos de un Estado con el que Estados Unidos tiene un tratado —como Alemania, Austria y Suiza— establezcan su propio negocio en EE. UU.: no se requiere una inversión mínima, no se impone una cuota anual, el cónyuge recibe automáticamente autorización de trabajo y el equipo empresarial existente puede importarse como parte de la inversión, a veces libre de impuestos. Al mismo tiempo, legalmente sigue siendo una visa de no inmigrante: quienes buscan la residencia permanente deben seguir una vía migratoria diferente, como EB-5, EB-1C, EB-2 NIW o una Tarjeta Verde basada en lazos familiares, independientemente de su estatus E-2. Para quienes abordan ambos aspectos —desarrollo empresarial y residencia— con expectativas realistas, la visa E-2 ofrece un modelo viable y renovable a largo plazo para la emigración empresarial.
Esta guía se elaboró en agosto de 2026 con información primaria del Departamento de Estado de los Estados Unidos, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) y la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos. Las normas de inmigración y los acuerdos de reciprocidad están sujetos a cambios; antes de presentar una solicitud, le recomendamos consultar con un bufete de abogados especializado en visas de inversionista para los Estados Unidos para confirmar la situación actual. Esta guía no constituye asesoramiento legal.
Lista completa de países elegibles para la visa E-2:
| Land | E-2 in Kraft seit | Land | E-2 in Kraft seit |
|---|---|---|---|
| Albanien | 4. Jan. 1998 | Litauen | 22. Nov. 2001 |
| Argentinien | 20. Dez. 1854 | Luxemburg | 28. März 1963 |
| Armenien | 29. März 1996 | Marokko | 29. Mai 1991 |
| Australien | 27. Dez. 1991 | Mexiko | 1. Jan. 1994 |
| Österreich | 27. Mai 1931 | Moldau | 25. Nov. 1994 |
| Aserbaidschan | 2. Aug. 2001 | Mongolei | 1. Jan. 1997 |
| Bahrain | 30. Mai 2001 | Montenegro | 15. Nov. 1882 |
| Bangladesch | 25. Juli 1989 | Neuseeland | 10. Juni 2019 |
| Belgien | 3. Okt. 1963 | Niederlande | 5. Dez. 1957 |
| Bolivien (Übergangsregelung nur für Investitionen vor Juni 2012, mittlerweile weitgehend ausgelaufen) | 6. Juni 2001 | Nordmazedonien | 15. Nov. 1882 |
| Bosnien und Herzegowina | 15. Nov. 1882 | Norwegen | 18. Jan. 1928 |
| Bulgarien | 2. Juni 1954 | Oman | 11. Juni 1960 |
| Kamerun | 6. Apr. 1989 | Pakistan | 12. Feb. 1961 |
| Kanada | 1. Jan. 1994 | Panama | 30. Mai 1991 |
| Chile | 1. Jan. 2004 | Paraguay | 7. März 1860 |
| China (Taiwan) | 30. Nov. 1948 | Philippinen | 6. Sep. 1955 |
| Kolumbien | 10. Juni 1948 | Polen | 6. Aug. 1994 |
| Kongo (Brazzaville) | 13. Aug. 1994 | Portugal | 15. März 2024 |
| Kongo (Kinshasa) | 28. Juli 1989 | Rumänien | 15. Jan. 1994 |
| Costa Rica | 26. Mai 1852 | Senegal | 25. Okt. 1990 |
| Kroatien | 15. Nov. 1882 | Serbien | 15. Nov. 1882 |
| Tschechien | 1. Jan. 1993 | Singapur | 1. Jan. 2004 |
| Dänemark | 10. Dez. 2008 | Slowakei | 1. Jan. 1993 |
| Ecuador (nur Bestandsinvestitionen vor Mai 2018) | 11. Mai 1997 | Slowenien | 15. Nov. 1882 |
| Ägypten | 27. Juni 1992 | Spanien | 14. Apr. 1903 |
| Estland | 16. Feb. 1997 | Sri Lanka | 1. Mai 1993 |
| Äthiopien | 8. Okt. 1953 | Suriname | 10. Feb. 1963 |
| Finnland | 1. Dez. 1992 | Schweden | 20. Feb. 1992 |
| Frankreich | 21. Dez. 1960 | Schweiz | 8. Nov. 1855 |
| Georgien | 17. Aug. 1997 | Thailand | 8. Juni 1968 |
| Deutschland | 14. Juli 1956 | Togo | 5. Feb. 1967 |
| Grenada | 3. März 1989 | Trinidad und Tobago | 26. Dez. 1996 |
| Honduras | 19. Juli 1928 | Tunesien | 7. Feb. 1993 |
| Irland | 18. Nov. 1992 | Türkei | 18. Mai 1990 |
| Israel | 1. Mai 2019 | Ukraine | 16. Nov. 1996 |
| Italien | 26. Juli 1949 | Vereinigtes Königreich | 3. Juli 1815 |
| Jamaika | 7. März 1997 | ehem. Jugoslawien (Nachfolgestaaten) | 15. Nov. 1882 |
| Japan | 30. Okt. 1953 | Kosovo | 15. Nov. 1882 |
| Jordanien | 17. Dez. 2001 | Kirgisistan | 12. Jan. 1994 |
| Kasachstan | 12. Jan. 1994 | Lettland | 26. Dez. 1996 |
| Südkorea | 7. Nov. 1957 | Liberia | 21. Nov. 1939 |




